Metro y Metrobús comenzarían a cobrar tarifa por tramo recorrido.

- Si es de tu interés este artículo, apoyanos compartiendo en tus redes sociales favoritas y de esa manera también incentivando a tus amigos que crees les pueda interesar a que nos lean.

Metro y Metrobús comenzarían a cobrar tarifa por tramo recorrido.
Dale me gusta si apoyas al Dr Mireles, tu apoyo es muy valioso.



Foto de Internet/ Dale me gusta si apoyas a Carmen Aristegui



El Gobierno de la Ciudad de México abrió la posibilidad para que los sistemas de transporte como el Metro, Metrobús o Tren Ligero cobren una tarifa diferenciada con respecto al tramo recorrido por los usuarios.

 El artículo 196 del nuevo Reglamento de Movilidad clasifica las modalidades de tarifas que se cobrarán en el servicio de transporte público de pasajeros.

 La primera clasificación es la llamada tarifa “diferencial” que implica el cobro por el tramo recorrido por el usuario.



Anuncios 

  Es el costo que se paga por la prestación del servicio en función de la distancia recorrida por el usuario a lo largo de un itinerario, o bien por las características, clase o tipo de servicio”, indica el ordenamiento.

 Actualmente el Metro, Metrobús o Tren Ligero cobran una tarifa única o plana, independientemente de la distancia transitada por los usuarios, quienes pueden recorrer desde una estación o hasta todas por el mismo costo. 

 Con la nueva reglamentación se abre la posibilidad para que el cobro pueda ser respecto al tramo recorrido por el usuario, es decir entre más estaciones se recorran mayor será la tarifa. Esta modalidad es utilizada en sistemas de transporte en otros países como Londres o París. 

Se estima que en México, el usuario del Metro llegue a pagar bajo esta modalidad hasta 20 pesos, o más, por un viaje que implique más de 20 kilómetros.

 Anuncios
En este mismo artículo del Reglamento de Movilidad también se contemplan las tarifas que hasta el momento no se aplicaban en los sistemas de transporte público

. Se trata de la tarifa promocional que implica una disminución en el precio establecido, con el propósito de que los usuarios se habitúen a un nuevo servicio de transporte. 

 La especial, que es el costo que se cubre por la prestación del servicio autorizado por eventos de fuerza mayor. Y la extraordinaria, que es el costo que el usuario paga y que ya sea por su tecnología, calidad y operación es superior, respecto a la de los demás servicios.

Con información de guruchuirer.com

 Anuncios


f