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Pero esto podría ser todo lo contrario ya que esto puede ser un mecanismo para impedir que en una manifestación los periodistas, los medios de comunicación y la sociedad difundan información en contravención del derecho a la información y libertad de expresión, que las personas puedan sumarse a la manifestación en perjuicio del derecho fundamental de libertad de asociación, entre un sinfín de riesgos a los derechos humanos
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El artículo 145, fracción III, de la propuesta de ley de telecomunicaciones enviada por el presidente Enrique Peña Nieto al Senado, establece que “los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a internet (…) podrán bloquear el acceso a determinado contenidos, aplicaciones o servicios a petición expresa del usuario, cuando medie orden de autoridad o sean contrarios a alguna normatividad”.
En el mismo sentido, el artículo 197, fracción VII, propone “bloquear, inhibir o anular de manera temporal las señales de telecomunicaciones en eventos y lugares críticos para la seguridad pública y nacional a solicitud de las autoridades competentes”.
En el mismo sentido, el artículo 197, fracción VII, propone “bloquear, inhibir o anular de manera temporal las señales de telecomunicaciones en eventos y lugares críticos para la seguridad pública y nacional a solicitud de las autoridades competentes”.
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Esos y otros estatutos podrían ser aplicables durante las próximas elecciones presidenciales del México 2018, debido a la gran cantidad de videos e imágenes que circulan durante ese periodo Y podrían desinformar a la nación según diputados del PRI.
Con información de .denuncialeaks.com
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