En el nuevo Código Penal del Estado de Nayarit ya se tipifica en delito de Hostigamiento al Deudor Se configura cuando una persona es hostigada, acosada o amenazada por un cobrador para que pague una cuenta pendiente.
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La sanción por este delito es de seis meses a los dos años de prisión." Asimismo una multa de 10 a 50 días de salario
mínimo.
El Congreso de Nayarit determinó que a ninguna
persona se le pude exigir el cumplimiento de un adeudo a base de intimidaciones
o insultos.
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La ley contempla que la intimidación verbal o escrita,
personal o a través de cualquier medio, como teléfono, Internet o
intermediarios, de manera reiterada y fuera del marco legal para exigir adeudos será susceptible de sanción
Estos
adeudos pueden ser de cualquier tipo: crediticio, hipotecario, financiero, etc.
ACLARACIÓN: ESTA NOTICIA NO ES REAL, SOLO FUE CREADA CON FINES HUMORÍSTICOS
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pos no quería entrar a trabajar de cobrador a copel ya no se hiso
ResponderEliminarLo que diga mi dedito.... jajajaja.....
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