Insultos y dedicatorias contarán como votos en Coahuila

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Insultos y dedicatorias contarán como votos en Coahuila

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También se contarán los votos donde se hayan elegido a dos o más partidos que vayan en coalición, 

 Es decir, si alguien puso un insulto hacia un partido o candidato, lejos de perjudicarlo le sumó votos, Insultos, obscenidades, reclamos, dibujos y otras marcas de ese tipo que estén dentro de un recuadro en la boleta electoral se contarán como voto válido en Coahuila.

 Lo anterior gracias a las más recientes Reformas a la Ley Electoral para el estado de Coahuila se restringió el voto nulo a dejar en blanco la boleta o marcar dos candidatos o dos partidos que no vayan en alianza o coalición.



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  “La Ley Electoral establece como voto válido cuando el ciudadano, marca una de las opciones de la boleta, con cualquier marca; generalmente una tache, pero si hay una leyenda, una marca que abarque un recuadro o varios que vayan en alianza o coalición, (también) se toma como voto válido”, explicó Francisco Torres Rodríguez, secretario Técnico del Instituto Electoral de Coahuila. 

 Con base en estos cambios, los funcionarios de casilla no pueden hacer ninguna lectora ni interpretación sobre las marcas en las boletas; “la ley no hace ningún distingo, si la marca está dentro de un recuadro y no abarca otro que sea de plantilla contraria, lo considera válido”, enfatizó Rodríguez.

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Por lo anterior, en redes sociales circularon fotografías de boletas electorales con groserías en recuadros de candidatos, los usuarios remarcaron que insultar a un candidato o partido lejos de perudicarle, le suma votos.

 Por ello, han hecho un llamado para ejercer el derecho al sufragio con responsabilidad. Arturo Cárdenas Román, vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica del Instituto Nacional Electoral delegación Coahuila, confirmó la validez del voto de acuerdo a lo establecido en la Ley Electoral para el Estado, y dijo que lo que se intenta, es consolidar el voto de calidad. 

Pese a lo señalado por las autoridades electorales federales y estatales, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tiene un criterio que contradice lo establecido por reformas a la Ley Electoral del Estado, debido a que considera como voto nulo las obscenidades, insultos, groserías, dedicatorias y leyendas, cuando éstas se dirigen a atacar a un candidato o partido, pues es clara la manifestación del votante.

Con información de nacion321.com

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